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NOTICIAS Y PUBLICACIONES


4 Nov 20

¿PORQUÉ AEROMÉXICO INICIÓ SU ESTRUCTURACIÓN CON BASE EN EL CÓDIGO DE BANCARROTA DE ESTADOS UNIDOS?

adminWP

La crisis económica derivada del SARS-CoV-2, ha sido un fuerte desafío para las empresas. En México, las compañías han carecido del apoyo por parte del Gobierno Federal para hacerle frente a los efectos negativos que se han derivado a lo largo de estos meses y, las líneas aéreas, no son la excepción, pues han sufrido fuertes perdidas derivado del desplome en la demanda debido a la pandemia.

El pasado 30 de junio de este año, Aeroméxico informó el inicio de un proceso de restructuración conforme al Capítulo 11 del Código de Bancarrota de Estados Unidos.

Pero ¿Qué significa? Principalmente, el proceso de restructuración tiene como objetivo la conservación de una empresa, que tuvo afectaciones en sus operaciones financieras, y busca hacer frente a las obligaciones contraídas con sus acreedores. Esto, sin que sufra las cargas adicionales, por ejemplo: evitar que los acreedores reclamen el pago de las deudas sobre los bienes de la compañía.

¿Porqué en Estados Unidos y no en México? Una de las interrogantes que se planteó cuando la aerolínea mexicana inició el proceso de reestructuración voluntario de de sus pasivos financieros, fue el porqué se sometió a la jurisdicción de Estados Unidos, y no a la de México.

Pues bien, el Capítulo 11 de la ley de quiebras estadounidense, contiene ciertas bondades en el procedimiento, que actualmente la legislación mexicana no comprende.

Uno de los beneficios que establece el Código de Bancarrota de Estados Unidos, son los amplios criterios, para que las empresas extrajeras puedan ampararse en el Capítulo 11, ya que basta con tener un domicilio o cuentas activas en el país americano, para presentar la solicitud ante la Corte.

En México, la Ley de Concursos Mercantiles, dispone de un período de 185 días naturales y dos prórrogas de 90 días cada una para las Etapas de Conciliación, –que básicamente es para alcanzar un acuerdo con los acreedores-.

Previamente a esta etapa, el Juez habrá dictado sentencia con las medidas necesarias para salvaguardar la operación de la sociedad, entre algunas, la suspensión de pagos de los adeudos contraídos con los acreedores y, la ejecución de los acreedores contra los bienes de la compañía. Sin embargo, de no conseguir un convenio con los acreedores en el plazo señalado, la sociedad terminaría por pasar a la etapa de quiebra, cuya finalidad, es la venta de los bienes que integran el patrimonio de la sociedad.

Por su parte, en Estados Unidos, la suspensión de pago y ejecución, no tiene una sujeción de tiempo determinado; el tiempo, será considerado a juicio del Juez dependiendo de la insolvencia de la empresa.

Por lo tanto, se puede afirmar que, en Estados Unidos, se realiza un análisis particular de la empresa en cuestión, esto para que los plazos que sean señalados para la suspensión de pagos, sean convenientes y suficientes para la restructuración de la empresa.

Otra de las ventajas con las que cuenta Estados Unidos, es el fuerte mercado de inversores que inyectan millones de dólares a empresas que, ante la falta de liquidez, se encuentran en insolvencia. Esta intervención, proporciona el flujo de dinero que requiere la sociedad, y la rentabilidad que posteriormente puede obtener el inversionista.

Un claro ejemplo, fue el rescate de General Motors en 2009, durante el Gobierno del expresidente Barack Obama, cuando Estados Unidos enfrentaba una de sus peores crisis. A finales de 2008, General Motors comunicó que dejaría de tener liquidez a mediados de 2009, esto después de las pérdidas que había conseguido en años anteriores.

La restructuración garantizaba el respaldo de autoridades estadounidenses, cuyo apoyo reportaba la cantidad de 50,000 millones de dólares, a cambio de un 60.8% de sus acciones[1]. Años después, esa decisión sería considerada como el mayor rescate, evitando una pérdida valorada en 105,300 millones dólares.

Y bien, ¿Cómo va el proceso de Aeroméxico?

El pasado 27 de octubre, Grupo Aeroméxico informó que la Jueza de la Corte de los Estados Unidos para el distrito sur de Nueva York, Shelley C. Chapman, le concedió 90 días adicionales, a los 120 días que marca la ley, para que la aerolínea mexicana cumpla con los compromisos ante los sindicatos de auxiliares de vuelo y asuma, o rechace, los arrendamientos existentes sobre bienes raíces no residenciales.

La aerolínea también añadió que la Corte le autorizó pagar las indemnizaciones acordadas previamente con los sindicatos de sobrecargos, por los 766 puestos de trabajo eliminados, mientras avanza en su reestructuración.

Respecto al tercer trimestre, la compañía entró en números rojos con unas pérdidas netas de dos mil 882 millones de pesos y una caída de los ingresos del 74.5%, hasta cuatro mil 70 millones de pesos.

La empresa explicó que el entorno continúa siendo complejo dada la magnitud de la crisis, sin embargo, el mercado ha mostrado signos de una ligera recuperación.

Con esto, podemos concluir que, gracias a este proceso de reestructuración, la aerolínea mexicana, seguirá operando pese al repunte de casos de Covid-19, a fin de fortalecer su posición financiera y evitar la quiebra.

Bianca Ramírez

BGW Legal

[1] https://www.expansion.com/2013/12/10/empresas/industria/1386646547.html